Para la liquidación de mayo 2013 hay varios puntos a tener en cuenta:
1. El acuerdo mayo 2013 (9%), pasa a integrar parte del básico de
convenio
2. Hay un nuevo aumento salarial, que como puntos destacados tiene:
a) un 24% de aumento salarial, 14% aplicable ahora
en mayo, el resto en noviembre
b) un aporte extraordinario por 12 meses de $50 con
destino a la obra social OSECAC
Nuevo acuerdo salarial
El pasado jueves 16 de mayo, la FAECYS y las
cámaras empresariales de comercio alcanzaron un nuevo acuerdo salarial. El
mismo establece un incremento salarial del 24% no remunerativo sobre
las escalas de mayo, en dos tramos no
acumulativos según el siguiente cronograma:
a) Un
14 % del total acordado, a partir del mes de mayo de 2013
b) Un
10 % del total acordado, a partir del mes de noviembre de 2013
Se tomará como base de cálculo las sumas
establecidas en las escalas salariales
correspondientes para cada categoría para el mes de mayo de 2013.
El incremento acordado se abonará como suma no
remunerativa y se liquidará en el recibo de sueldo por rubro separado bajo la
denominación "acuerdo mayo 2013".
Presentismo. Sobre las sumas que resulten del incremento previsto en el
presente artículo, como suma no remunerativa, se aplicará también el
equivalente al presentismo del artículo 40 del CCT 130/75.
A partir de febrero de 2014 el incremento será incorporado en su
totalidad a las escalas de salarios básicos de la actividad vigentes y a los
valores expresados en las mismas para el mes de mayo del 2013.
A modo de ejemplo, pondremos un caso práctico de un
Administrativo “A”
Concepto Remunerativo
Sueldo básico: 5276.22
Surge de las nuevas tablas consecuencia de la
incorporación de los conceptos no remunerativos a remunerativos tal como esta
expresado en el Acuerdo Mayo 2012 “"Asimismo, el
incremento acordado en el art. 1°, inc. b), del presente acuerdo mantendrá su
carácter no remunerativo hasta el mes de abril de 2013 inclusive…”
BÁSICO MAYO 2013 =
BÁSICO ABRIL + ACUERDO NO REM. MAYO 9% ACRECENTADO
Básico Abril: 4.841,30
No Remunerativo: 370,48
A la parte no
remunerativo hay que acrecentarlo de manera que el neto a pagar sea el mismo,
por lo que aplicamos la formula grossing up
100 - porcentaje de aportes No Remunerativos
_____________________________________ = tasa acredentamiento (grossin
up)
100 - porcentaje de aportes Remunerativos
100 - 5,50 94,50
___________ = ______ = 17,3913 (tasa de acrecentamiento)
100 - 19,5 80,50
4.841,30
+ 370,48 x 1.173913 = 5.276,22
De esta manera obtenemos el nuevo básico, en todas
las categorías debe hacerse lo mismo y se obtendrá el básico para el mes de
mayo.
Concepto no Remunerativo
El
aumento es del 24% en dos tramos, y se toma como base de cálculo para
determinarlo el BÁSICO DE MAYO. Para este mes, aplicaremos el primer tramo del
aumento, que es del 14%, el 10 restante, lo haremos en noviembre.
5.276,22 x 14% = $738,67
Por
último es que debemos realizar un aporte de carácter extraordinario la obra
social de comercio de $50. Los demás descuentos son como en las liquidaciones
anteriores.
4.841,30 + 370,48 x 1.173913 = 5.276,22
ResponderEliminarbuenos dias mi duda es que yo hago este calculo y me da asi:
4.841,30 + 370,48 x 1.173913 :6118,17?
gracias
Lo que se acrecienta es el no remunerativo o sea 370.48*1.173913=434.91 y a eso le sumas el básico anterior 4841.30, lo que te da 5276.22
Eliminar4841.30+ (370.48 x 1.173913)= 5276.22
El Art. 14 del Acuerdo establece un aporte por parte el trabajador de $50 de carácter extraordinario y excepcional. Se debería incluir en el recibo de sueldo de Mayo. Es correcto?
ResponderEliminarAsí es, es correcto. Desde mayo se debe deducir los $50 para la obra social y abonar con el F120
Eliminary para los empledos no afiliados a osecac, corresponde el aporte extraordinario?
ResponderEliminarSi, corresponde para todos los empleados de comercio sin importar la obra social por la que optaron
Eliminarhola quisiera saber cuando sube acuerdo basico comercio al sueldo basico??
ResponderEliminarpor que si sube el acuerdo de mayo 2013 a icncorporacion basico comercio supera el sueldo basico eso puede ser??
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